Condiciones generales de alquiler

1. OBJETO DEL CONTRATO

Todo alquiler de equipos implica la total aceptación por parte del Arrendatario, completa y sin reservas, de las presentes condiciones generales de alquiler.

El Arrendador pone a disposición exclusiva del Arrendatario el equipo designado en las condiciones particulares del presente contrato, sin personal de conducción ni carburante, para el transporte de sus mercancías. El Arrendatario no puede ceder, dar en garantía, prestar o subalquilar el vehículo.

El Arrendador no será responsable de consecuencia directa o indirecta alguna frente al Arrendatario u otros terceros en caso de retraso en el suministro del equipo por causas ajenas a su voluntad, como fuerza mayor, huelga, modificación de la reglamentación, inclemencias climáticas o retrasos en la devolución de un alquiler anterior.

Así pues, el Arrendador no estará obligado a abonar indemnización alguna.


2. CANCELACIÓN DE LA RESERVA

Toda petición de cancelación de la reserva realizada online por Internet deberá notificarse por teléfono a la agencia designada para la retirada.

De no ser así, no se aplicará ninguna modificación.

El Arrendador enviará un mensaje de acuse de recibo de la petición al Arrendatario.

Plazo de cancelación de la reserva:

  • Si el periodo entre la cancelación y la fecha de retirada es superior a un mes, el Arrendatario recibirá el 100 % del importe pagado online o en la agencia.
  • Si el periodo entre la cancelación y la fecha de retirada es superior a 15 días e inferior a un mes, el Arrendatario recibirá el 75 % del importe pagado online o en la agencia.
  • Si el periodo entre la cancelación y la fecha de retirada es superior a 8 días e inferior a 15 días, el Arrendatario recibirá el 50 % del importe pagado online o en la agencia.
  • Si el periodo entre la cancelación y la fecha de retirada es inferior a una semana, el Arrendatario no recibirá reembolso alguno del importe pagado online o en la agencia.
  • Si el Arrendador tuviera obligación de reembolsar algún importe al Arrendatario según las disposiciones anteriormente mencionadas, dicho reembolso se efectuará por transferencia.

3. CUSTODIA DEL VEHÍCULO

El Arrendatario tendrá la custodia del vehículo, de sus equipamientos y accesorios, incluyendo las llaves y la documentación reglamentaria, desde el momento de la retirada hasta la devolución definitiva del equipo.

La custodia del vehículo por parte del Arrendatario también implica su asunción de responsabilidad en caso de funcionamiento incorrecto del cual el Arrendador no tuviese conocimiento y que afectase al vehículo o sus accesorios. Lo mismo será aplicable en caso de manipulación incorrecta.


4. CONTROL DE LAS OPERACIONES DE TRANSPORTE

El Arrendatario tendrá el control de las operaciones de transporte y determinará la cantidad y la naturaleza de la mercancía que se transporte, fijará los itinerarios y dirigirá las operaciones, garantizará el control de cualquier medio de manipulación utilizado y cumplirá las normas de seguridad vigentes. El Arrendatario asume la plena responsabilidad de las mercancías transportadas.

Las mercancías transportadas no estarán en ningún caso aseguradas por el Arrendador. El Arrendatario suscribirá una póliza de seguro renunciando a todo recurso contra el Arrendador y su asegurador, incluyendo el caso de fallo del grupo frigorífico.


5. ZONA DE ACTIVIDAD

El Arrendatario utilizará el vehículo exclusivamente dentro de las fronteras de Francia Metropolitana y en las zonas de circulación para las que está concebido. Toda exención deberá acordarse previamente y por escrito con el Arrendador. El uso del vehículo fuera de los territorios autorizados está estrictamente prohibido. En caso de incumplimiento por parte del Arrendatario, este y sus personas dependientes serán responsables de cualquier consecuencia de incidentes o siniestros.


6. ESTADO DE LOS EQUIPOS

El Arrendatario reconoce que el equipo puesto a su disposición está en condiciones de circulación, en buen estado de funcionamiento y es conforme a la normativa vigente. El Arrendatario no podrá efectuar ninguna instalación o transformación.


7. MANTENIMIENTO

El Arrendador se hará cargo del mantenimiento y las reparaciones del vehículo en sus talleres. Cuando el vehículo o sus equipamientos presenten algún fallo que precise de intervención, el Arrendatario deberá acudir exclusivamente al Arrendador. El Arrendatario debe asegurarse del buen funcionamiento del vehículo y de sus equipamientos, y se compromete a advertir inmediatamente al Arrendador de cualquier defecto o anomalía mecánica, especialmente en caso de avería o inmovilización. También debe garantizar la limpieza tanto interior como exterior. En caso de intervención mecánica, el vehículo debe acceder a los talleres del Arrendador totalmente vacío, sin mercancías ni objetos olvidados a bordo. El Arrendador no se hará responsable en caso de deterioro, pérdida o robo. El Arrendatario será responsable de todas las consecuencias materiales, financieras y penales derivadas de un uso anormal del vehículo y sus equipamientos. En ningún caso el Arrendatario podrá reclamar daños y perjuicios, incluida la perturbación del uso y disfrute por retraso en la devolución del vehículo o anulación del alquiler.


8. DEGRADACIÓN DE MATERIAL

Las mercancías transportadas no deben poner en riesgo el buen estado del vehículo, ya sea por sí mismas o por sus embalajes, amarres o materiales de manipulación. El Arrendatario será responsable de toda degradación sufrida por el vehículo, especialmente si se deriva del uso en el interior del vehículo de carros de manipulación o transpaletas que provoquen el hundimiento de las paredes laterales, la parte delantera o las puertas del vehículo.


9. UTILIZACIÓN

Se prohíbe terminantemente el transporte de personas y animales domésticos más allá de las plazas sentadas autorizadas y disponibles en la cabina. Si se rebasa este número, el Arrendatario será el único responsable de las consecuencias que esta infracción pudiera acarrear tanto penal como económicamente, así como de todo daño que pudieran sufrir las personas transportadas.


10. CONDUCCIÓN Y USO DE LOS VEHÍCULOS

El conductor debe realizar una verificación cotidiana, como mínimo, de los niveles de aceite y del circuito de refrigeración del motor, la presión de los neumáticos, el buen funcionamiento de los frenos y la señalización eléctrica antes de ponerse en marcha. El Arrendatario reconoce haber recibido los documentos legales reglamentarios necesarios para su uso. En caso de pérdida de uno o varios de estos documentos, el Arrendatario debe avisar inmediatamente al Arrendador por escrito. Será responsabilidad del Arrendatario si dichas pérdidas tienen consecuencias económicas o penales. La inmovilización del vehículo debida a la pérdida de documentos administrativos no implicará la suspensión del alquiler ni de su facturación correspondiente.


11. DESIGNACIÓN DE CONDUCTOR

El conductor debe tener 21 años como mínimo y ser titular de un permiso de conducción nacional válido con más de tres años de antigüedad correspondiente a la tara y a la categoría del vehículo alquilado.

De no ser así, el Arrendatario será plenamente responsable tanto civil como penalmente en caso de control o de accidente de tráfico.

En caso de no presentar una carné de identidad válido y el permiso de conducción, el Arrendatario deberá presentar un certificado de empadronamiento de menos de tres meses de antigüedad.

El Arrendador conservará una copia de todos estos documentos.

Si no se presentan los documentos justificativos anteriores, el Arrendador se reserva el derecho a no entregar el vehículo al Arrendatario, sin que este tenga derecho alguno a indemnización.

De conformidad con la ley francesa modificada de 6 de enero de 1978, el Arrendatario puede ejercer su derecho de acceso y rectificación ante Petit Forestier enviando una carta certificada acompañada de una copia del carné de identidad a Petit Forestier-Service Communication.


12. CÓDIGO DE CIRCULACIÓN

El Arrendatario será el único responsable de toda infracción del Código de circulación y la normativa sobre circulación vigente, y asumirá todas las consecuencias económicas o penales resultantes. En particular, el Arrendador se exime de toda responsabilidad civil o penal en caso de accidente de tráfico bajo los efectos del alcohol, estupefacientes o fármacos que provoquen somnolencia.


13. EQUIPAMIENTOS ESPECÍFICOS

Cuando el vehículo esté equipado con un limitador de velocidad, el Arrendatario será responsable de cualquier degradación o alteración voluntaria del material, así como del cuentakilómetros con la intención anular el funcionamiento de los controles. El Arrendatario asumirá todas las consecuencias económicas o penales derivadas de dichas degradaciones constatadas por el Arrendador o los servicios públicos. Los cables eléctricos no devueltos serán facturados al Arrendatario.


14. VISITAS OBLIGATORIAS

El Arrendatario deberá presentarse a toda convocatoria del Arrendador, cualquiera que sea su fecha o periodicidad, con el fin de responder a controles y verificaciones reglamentarios de todo tipo. De no ser así, el Arrendatario será responsable de las consecuencias materiales, financieras o penales resultantes.


15. DERECHOS Y TASAS

El Arrendatario correrá con los gastos de, sin limitarse a, los peajes de autopistas, aparcamientos y obras de ingeniería como puentes y túneles, los derechos y tasas relacionados con la circulación de mercancías, tasas, multas, impuestos, timbres y registros presentes o futuros relacionados con el alquiler, la posesión o el uso del vehículo o vehículos objeto de este contrato.


16. SEGURO DEL VEHÍCULO

El Arrendador suscribe en nombre del Arrendatario una póliza de seguro que garantiza la responsabilidad civil en caso de daños personales o materiales causados a terceros por el vehículo alquilado de conformidad con las disposiciones de los artículos L 211-1 y siguientes del Código de seguros francés.

Obsérvese que se facturará al Arrendatario una franquicia de 800 € (ochocientos euros), IVA no incluido, por siniestro o daño, en caso de accidente sin terceros o accidente con responsabilidad total o parcial, y de 1200 € (mil doscientos euros), IVA no incluido, en caso de robo, incendio o degradación por vandalismo. El importe de estas franquicias se indica en las condiciones particulares.

Quedarán excluidos de toda garantía, siendo el Arrendatario quien corra con todos los gastos: los daños sufridos por el vehículo si el conductor estuviera en el momento del siniestro bajo la influencia de alcohol, estupefacientes o fármacos que provoquen somnolencia; si el conductor no cumpliera las condiciones de edad y de permiso de conducción indicadas en el Artículo 11 de este contrato; si los daños derivasen de un impacto en altura; si los daños se produjeran durante o después de un delito de huida o de negativa a ser detenido; si los daños fueran consecuencia de una confiscación; si los daños se produjesen durante una prueba, carrera o competición; cualquier daño más allá del uso normal sufrido por el vehículo debido a una carga realizada sin tomar suficientes precauciones o con mercancías que pudieran deteriorar los equipos; si el vehículo se hubiera utilizado como instrumento; si el robo del vehículo hubiese sido posible por una negligencia grave del conductor y, especialmente, si las llaves estuviesen en el vehículo; si se produjeran daños intencionados o provocados por guerras en el extranjero o guerras civiles, disturbios, erupción volcánica, terremoto o cualquier otra catástrofe o fenómeno natural, armas o artefactos explosivos de cualquier tipo, combustible nuclear o residuo radiactivo; así como los daños en los bienes del Arrendatario.

En caso de incendio de locales, tanto el Arrendador como el Arrendatario convienen de común acuerdo renunciar recíprocamente a recurrir frente al otro en caso de incendio del vehículo alquilado, sean cuales fueren las causas y las consecuencias, dentro de un local bajo su custodia o bajo la custodia del Arrendador.

El Arrendatario queda excluido de toda garantía en caso de incendio del vehículo debido a la instalación de equipamientos o accesorios por parte suya sin autorización previa del Arrendador.

En caso de no restituirse, los distintos accesorios o piezas móviles suministrados con el vehículo serán facturados por el valor de sustitución de un componente nuevo.

El Arrendatario se compromete a declarar al Arrendador en un plazo de 48 horas cualquier siniestro o incidente que pudiera conllevar la aplicación de un seguro y avisar inmediatamente al Arrendador por teléfono en caso de accidente grave. El Arrendatario tomará todas las medidas necesarias para salvaguardar las posibilidades de recurso del Arrendador, suscribiendo de forma cuidadosa y legible, aunque no haya un tercero implicado o identificado, el «parte amistoso de accidente», salvo imposibilidad por fuerza mayor, con identificación precisa de terceros y, en caso de impacto con objetos situados en altura y colocados sobresaliendo de las construcciones, indicando la distancia respecto al suelo y al borde de las aceras. En caso de robo del vehículo, sus accesorios o equipamientos, el Arrendatario lo denunciará en la comisaría, comandancia o puesto correspondiente más cercano y avisará por teléfono al Arrendador. La denuncia por robo debe remitirse de inmediato al Arrendador. En principio y sin que esto provoque la suspensión de la facturación, no se suministrará vehículo de sustitución alguno al Arrendatario. Si el siniestro no se hubiese declarado, no se hubiesen remitido los documentos al Arrendador en los plazos previstos y se determinara que este retraso hubiese causado perjuicio al Arrendador, el Arrendatario será considerado pleno responsable sin limitación en los costes. Lo mismo se aplicará en caso de declaración falsa sobre la naturaleza, las causas, las circunstancias o las consecuencias del siniestro.


17. DEPÓSITO DE GARANTÍA Y LIQUIDACIÓN DE IMPORTES DEBIDOS

En el momento de firmar el contrato, el Arrendatario pagará al Arrendador un depósito de garantía cuyo importe quedará fijado en las condiciones particulares. Este se rembolsará al expirar el contrato y tras liquidarse la totalidad de los importes debidos. Las facturas de alquiler y todos los importes debidos según el presente contrato se pagarán en euros, sin descuentos y al contado.

Además, todo importe debido por el Arrendatario en el momento de devolver el vehículo que vaya más allá del precio del alquiler pagado online deberá liquidarse en la agencia mediante tarjeta bancaria (p. ej., kilometraje adicional, devolución más allá de la fecha prevista, etc.).

Con el objeto de optimizar la seguridad de los pagos, el Arrendador podrá solicitar justificantes complementarios con Petit Forestier como destinatario.

Si no hubiera respuesta, el Arrendador se reserva el derecho a anular el pedido.

El Arrendatario tiene constancia de que la comunicación de sus referencias bancarias al Arrendador implica que este último podrá cargar pagos en su cuenta en caso de problemas con el vehículo (llenado del depósito, reparación de daños en el vehículo, pago de multas, facturas no liquidadas, etc.) sin que el Arrendatario pueda negarse a ello.

Todos estos datos serán tratados con medios informáticos con el objetivo de que el contrato de alquiler se lleve a buen término.

De conformidad con la ley francesa modificada de 6 de enero de 1978, el Arrendatario puede ejercer su derecho de acceso y rectificación ante Petit Forestier enviando una carta certificada acompañada de una copia del carné de identidad a Petit Forestier-Service Communication.

Cualquier retraso en el pago de la totalidad o una parte del alquiler implicará la aplicación de intereses por retraso equivalentes al triple del tipo de interés legal. Las penalizaciones por retraso son exigibles sin necesidad de notificación y aplicables en el día del pago desde la fecha exigida para saldar la deuda hasta el día de la liquidación total.

En sustitución del formato impreso, el Arrendador remitirá al Arrendatario las facturas en formato electrónico y accesibles mediante un servicio gratuito de visualización de facturas. La factura electrónica incluye una firma electrónica que garantiza la autenticidad y la integridad de la información en ella contenida. Constituye un justificante jurídico y fiscal.


18. CLÁUSULA RESOLUTORIA

Queda especificado que el presente contrato podrá rescindirse de pleno derecho y bajo la responsabilidad exclusiva del Arrendatario en caso de incumplimiento manifiesto de las cláusulas y condiciones del contrato y/o por falta de pago de cualquier alquiler anterior o en curso, o de cualquier importe resultante de la aplicación de cualquier contrato de alquiler. La rescisión tendrá efecto 4 días después del envío al Arrendatario de un requerimiento de pago que no haya tenido efecto, e incluso en caso de pago o ejecución posteriores a la expiración del plazo predefinido. Como consecuencia de esta rescisión, el Arrendatario, al quedarse sin derecho ni título de posesión, tendrá que restituir inmediatamente el vehículo por su cuenta y riesgo al lugar designado por el Arrendador. Si el Arrendatario se negase a restituir el vehículo, podrá quedar sujeto a un mandato provisional dictado por el Presidente del Tribunal competente.


19. FIN DEL ALQUILER

Al finalizar el alquiler, el Arrendatario deberá restituir el equipo en el lugar designado por el Arrendador. En caso de no restituirse en un plazo de 48 horas, el Arrendatario deberá abonar un nuevo término de alquiler igual al recién expirado, sin prejuicio del derecho que se reserva el Arrendador de volver a tomar posesión del equipo en las condiciones previstas en el Artículo 18.


20. IMPUGNACIÓN

En caso de impugnación, solo los tribunales de la SEDE DEL DEMANDADO serán competentes. Además, las partes acuerdan que la anulación o modificación, incluso por vía judicial, de una o varias de las cláusulas anteriormente enunciadas no implicará la nulidad del presente contrato. El Arrendatario asumirá todas las consecuencias económicas o penales resultantes de la inobservancia o el incumplimiento de los principios y normas anteriormente mencionados.